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Decretos

Decreto 3170 COVITRAMA

3 minutos de lectura

San José, 01 de octubre de 2018.-

RESOLUCIÓN Nº2393/2018.-VISTO: el Expediente Nº 1682/2018 de la Intendencia Departamental de San José, Oficio Nº 2162/2018, conteniendo Proyecto de Decreto tendiente a exonerar del pago correspondiente al permiso de construcción Nº 108/2016 de la Cooperativa de Viviendas COVITRAMA; CONSIDERANDO I: que la mencionada cooperativa se encuentra ubicada en la localidad catastral San José, departamento de San José, padrón Nº 12.173 y el Ejecutivo entiende de recibo brindar el 70% (setenta por ciento) de la exoneración, como lo ha hecho con otras cooperativas, ante la imposibilidad de contar con los recursos necesarios para afrontar dicho gasto; CONSIDERANDO II: que por Resolución Nº 2030/2018 este Legislativo aprobó un informe de la Comisión de Presupuesto y Asuntos Financieros, referido a las diferentes solicitudes de exoneraciones a las cooperativas de viviendas enviadas por la Intendencia de San José, planteando la posibilidad, que la bonificación sea del 100%, a lo que el Ejecutivo Departamental envió respuesta manifestando que en este período no es posible acceder a exoneraciones del 100%; CONSIDERANDO III: que de acuerdo con el informe de la Comisión de Presupuesto y Asuntos Financieros, se comparte la exoneración solicitada por COVITRAMA, por tratarse de familias de recursos menguados y siendo ésta la única posibilidad de acceder a una vivienda propia; ATENTO: a lo expuesto precedentemente; la Junta Departamental de San José, por unanimidad de presentes (28 votos en 28), RESUELVE: aprobar el informe elaborado por la Comisión de Presupuesto y Asuntos Financieros, que aconseja conceder al Ejecutivo Departamental la anuencia solicitada en el Expediente Nº1682/2018 Oficio Nº2162/2018 y solicitar tenga a bien analizar ampliar la exoneración de las cooperativas dentro de las posibilidades presupuestales y sancionar en general y en particular y por unanimidad de presentes (28 votos en 28) el Decreto 3170 el que quedará redactado en los siguientes términos: AMC
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SAN JOSÉ
DECRETA:
Artículo 1º-Artículo 1º- Exonérase el setenta por ciento (70%) de las tasas por Servicios de Arquitectura y demás por un monto de pesos uruguayos ciento cincuenta y tres mil tres ($ 153.003.oo) que gravan al permiso de construcción Nº 108/16, de la Cooperativa de Viviendas COVITRAMA, a construirse en el padrón Nº 12.173 ubicado en la localidad catastral de San José, departamento de San José.
Afirmativo (28 votos en 28)
Artículo 2º- Comuníquese, publíquese, etc..
A sus efectos vuelva al Ejecutivo Departamental.

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SAN JOSÉ, EL PRIMERO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO.-
Gastón Camy
Presidente Andrés Pintaluba
Secretario General

San José, 12 de octubre de 2018.-
RESOLUCION N° 1788/2018 EXPEDIENTE Nº 1682/2018
SE PROMULGA DECRETO Nº 3170.-
VISTO: el Oficio Nº 2162/2018 remitido a la Junta Departamental de San José, el 24 de agosto de 2018, conteniendo proyecto de decreto relativo a exonerar del 70% de las Tasas por Servicios de Arquitectura y demás, que gravan al Permiso de Construcción Nº 108/16, de la cooperativa de viviendas COVITRAMA, a construirse en el padrón Nº 12.173, de la localidad catastral San José;
CONSIDERANDO: que la Junta Departamental de San José, por Resolución Nº 2393/2018 de fecha 01 de octubre de 2018, sancionó el Decreto Nº 3170;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 275 de la Constitución de la República;
El Intendente Departamental de San José, RESUELVE:
1º.- Promúlgase el Decreto Nº 3170, aprobado por la Junta Departamental de San José, por Resolución Nº 2393/2018 de fecha 01 de octubre de 2018, con el fin de exonerar del 70 % de las Tasas por Servicios de Arquitectura y demás, que gravan al Permiso de Construcción Nº 108/16, de la cooperativa de viviendas COVITRAMA, a construirse en el padrón Nº 12.173 de la localidad catastral San José, basada en la imposibilidad de contar con los recursos necesarios para enfrentar dicho gasto
2º.- Cométese a la Oficina de Comunicación la publicación en el Diario Oficial y prensa local y en la página web de esta Intendencia.
3º.- Notifíquese a COVITRAMA, y siga ala Dirección de Arquitectura a sus efectos.
4º.-Regístrese. –

José Luis FALERO
Intendente
Cra. Ana María BENTABERRI
Secretaria General

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